Así se debe elaborar la carta de patrocinio económico para reclamación familiar
Contar con alguien te patrocine económicamente y una carta de patrocinio, son requisitos de aquellos que deseen residir en Estados Unidos bajo reclamación familiar.
Quien se responsabilice de patrocinar al familiar que ingrese al país, tiene que llenar el formulario I-130, a través del cual debe garantizar que podrá sostener económicamente a la persona que emigrará.
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Asimismo deberá presentar una declaración jurada de patrocinio económico, una vez llegue el instante de viajar a Estados Unidos.
Existe la posibilidad que una vez realizada la solicitud el patrocinador aún no cuente con los requisitos financieros, en ese caso tanto la persona que desee emigrar como el patrocinador deben llenar el formulario I-864, y deben buscar a alguien más que estén dispuestas a dicho compromiso económico.
El gobierno de Estados Unidos solicita la carta de patrocinio económico con el objetivo de garantizar que el inmigrante no será una carga para los servicios públicos una vez ingrese al país.
Cupones de alimentos, Medicaid, y otro tipo de asistencia ofrecida por el gobierno de manera temporal a los necesitados, se incluyen entre los servicios públicos.
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El hecho de que la persona patrocinada se beneficie de los servicios públicos la compromete a que tenga que devolver lo otorgado por el gobierno más adelante.
El migrante debe tener un patrocinador económico, si está aplicando a la Green Card, por medio de un familiar.
Asimismo, es preciso un patrocinador para un miembro de la familia tenga la intención de trabajar para un familiar o para una compañía de la cual el familiar es dueño del 5 por ciento o más.
Si la carta de patrocinio no se entrega, el trámite estará incompleto. Por lo tanto la persona no pude inmigrar.
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Exigencias para los patrocinadores:
-ser ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes de los Estados Unidos, de por lo menos 18 años de edad, y
-vivir en el país (incluyendo territorios y posesiones territoriales de los Estados Unidos) cuando presenten la declaración jurada de patrocinio económico.